La 16. " edición de «Control of communi-cable diseases manual -CCDM-», infor-me oficial de la Asociación Estadounidense de Salud, fue publicada en inglés a finales de 1995, mientras que la publicación de la versión en castellano realizada por la Orga-nización Panamericana de la Salud, -OPS-, llega a nuestras manos en 1997. En el prólogo a esta última edición, el edi-tor, Abram S. Benenson, responsable de las seis últimas ediciones de la obra a lo largo de 28 años, señala los cambios más signifi-cativos: en el título para evitar un sesgo de género ~1 término «en el hombre» de an-teriores ediciones se ha cambiado por «ma-nual» para que persistan las siglas del título en inglés CCDM-, y la realización por pri-mera vez de una versión electrónica del tex-to (CD-ROM). Junto a estos cambios se re-calca el objetivo básico del manual, que per-manece inmutable, y que se concreta en proporcionar a los profesionales de salud pública una información concisa sobre la manera de identificar y tratar con mayor eficacia las enfermedades transmisibles. El propósito de la vigilancia epidemioló-gica, de forma casi exclusiva, es proporcio-nar una información que sirva para facilitar el control de las enfermedades. Por esta ra-zón, el manual, que tiene el mismo objetivo, ha sido y sigue siendo imprescindible para esa actividad. De hecho, me atrevería a decir que su lectura, no sólo ha informado, sino que ha formado a todos los profesionales de la vigilancia -debemos tener en cuenta que el manual tiene ya 78 años de vida-. Todos los problemas que se pueden plan-tear cuando se intenta diseñar el sistema de vigilancia de una enfermedad, o cuando se pretenden establecer unas medidas justifica-das de control, encuentran respuesta a lo lar-go de las más de 500 páginas del texto. La presentación de forma uniforme de los capí-tulos, con referencia a las distintas enferme-dades, hace fácil e instructiva la consulta, tanto para el profesional de la vigilan-cia como para el clínico que es la persona que debe reconocer la enfermedad y aplicar correctamente las medidas de control ade-cuadas. Siempre se afirma que los servicios de vigilancia epidemiológica deben asumir la tarea de familiarizar a los profesionales de la medicina con las enfermedades o problemas de salud sujetos a vigilancia mediante proce-dimientos de notificación. Conseguir una mayor validez de estos sistemas se centra en asesorar a los clínicos sobre qué y cuando deben declarar, así como sobre los
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Benenson, A. (1997). Manual para el control de las enfermedades transmisibles. Revista Española de Salud Pública, 71(5). https://doi.org/10.1590/s1135-57271997000500008
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