En el presente artículo, a raíz de la sentencia de la Corte Suprema de 7 de marzo de 2012, se analizan tres aspectos polémicos respecto del reconocimiento de efectos jurídicos a las parejas de hecho. En primer lugar, dentro de los requisitos necesarios para determinar si nos encontramos ante una pareja susceptible de reconocimiento se reflexiona sobre el requisito de exclusividad y la ausencia de vínculo matrimonial. En segundo lugar, se plantean las soluciones en equidad y el enriquecimiento injusto como vía para reconocer efectos jurídicos post mortem a los convivientes. Finalmente, se pretende abrir el debate sobre el fundamento jurídico de los derechos sucesorios intestados de los separados.
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Espada Mallorquín, S. (2013). ¿COMPENSACIÓN DE ÍNDOLE ECONÓMICA BASADA EN LA EQUIDAD O ATRIBUCIÓN DE DERECHOS SUCESORIOS AL CONVIVIENTE SOBREVIVIENTE? Revista Chilena de Derecho Privado, (20), 105–134. https://doi.org/10.4067/s0718-80722013000100003
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