La discriminación en México es reconocida de manera explicita a par-tir de la modificación al artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2001, que a la letra dice: Queda prohibida toda discrimi-nación motivada por origen ét-nico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condicio-nes de salud, la religión, las opi-niones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y ten-* Subdirector de vinculación y encargado del programa de apoyo a la No discriminación de las personas adultas mayores, CONAPRED. Discriminación y adultos mayores: un problema mayor Uno de los atributos que posee la modificación al artículo 1º de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, realizada en el año de 2001, y la posterior promulgación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el 11 de junio de 2003, es que visibiliza la discriminación, hasta entonces negada en México. Dicha condición aparece entonces como un fenómeno que permea a toda la sociedad pero que se muestra de manera más cercana y directa en algunos casos, de manera lacerante, en sectores específicos de la población. Los adultos mayores son uno de los grupos considerado como más sensible a la discriminación, situación que se expresa de diversas formas y modalidades. ga por objeto anular o menos-cabar los derechos y libertades de las personas 1. Este hecho registra a la discrimi-nación no solo como un fenómeno actuante y degradante de nuestra so-ciedad, también como un complejo entramado sociocultural que a todos compete y a todos implica. Es decir, la discriminación exhibe la realidad de las sociedades, más allá de los propósitos estimulantes de los discursos de la cla-se política cuando hacen referencia a las bondades de la democracia. El pro-pósito de este trabajo es el de mos-trar de manera general algunas de las formas en que se manifiesta la situa-ción de exclusión de los adultos ma-yores en nuestro país, reconociendo de inicio que una de las característi-cas de este fenómeno es la compleji-dad y diversidad, tanto de la dimensión estructural en que se sustenta, como de su erradicación. La Ley Federal para Prevenir y Eli-minar la Discriminación (LFPyED), re-glamentaria del párrafo tercero del artículo primero constitucional, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio del 2003, entiende por discriminación: toda distinción, exclusión o res-tricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opinio-1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Colección Jurídica Esfinge, vigésima sexta edición, ed. Esfinge, México, 2005.
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Aponte-Jaramillo, E., Carrillo-Rodríguez, L. A., Duque-Sandoval, H., Garizado-Román, P. A., Gruesso-López, L. J., Burgos-Salamanca, D. A., & Aya-Vásquez, D. A. (2021). Estudios de caso. In Región Pacífico de Colombia. Análisis local para la competitividad territorial a partir de algunos municipios (pp. 39–64). Programa Editorial Universidad Autónoma de Occidente. https://doi.org/10.52811/9789586191005.3
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