La llegada a España de extranjeros menores de edad, que viajan solos o con adultos que no tienen responsabilidad sobre ellos, se ha convertido en una nueva y significativa estrategia migratoria. El derecho trata de responder a esta realidad en un intento de equilibrio entre los intereses que protege el derecho de extranjería y el interés del menor, eje del derecho de protección de menores. No hay duda de que debe prevalecer el interés del menor –también del menor extranjero- pues, conforme a la Convención de Naciones Unidas, es superior a cualquier otro interés. En las páginas que siguen se presenta el estado de la cuestión y las recientes posiciones jurisprudenciales.
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Lázaro González, I. (2007). Menores extranjeros no acompañados. La situación en España. Prolegómenos, 10(19), 149–162. https://doi.org/10.18359/prole.2552
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