Para definir un alimento como nativo deben concurrir varias condiciones, la primera y obvia es que su ori-gen corresponda a la misma región de la que se define como nativo; segundo, que su uso sea de carácter ali-menticio es decir que haya sido usado como alimento y no para otra función, ritual religiosa o medicinal y, terce-ro, que esté claramente documentado, sea por tradición escrita u oral, su uso en diversas formas culinarias, es decir preparaciones concretas en la que se lo incluya y que tengan amplia distribución dentro de una población determinada. Esta definición permite excluir, en primer lugar, a los alimentos que tienen una larga tradición de uso y con-sumo en una población determinada pero cuyo origen no es nativo. La importancia de este criterio es que cuando una especie es nativa es muy probable que existan diversas variedades o especies semejantes, lo que implica una riqueza adicional. El segundo cri-terio permite discriminar "usos" modernos, como por ejemplo el atribuir propiedades nutricionales a la hoja de coca y adscribirla como alimento incaico, cuando no existe evidencia alguna que se haya utilizado con
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Salaverry, O. (2014). Alimentos nativos: plantas peruanas. Revista Peruana de Medicina Experimental y Salud Pública, 29(3). https://doi.org/10.17843/rpmesp.2012.293.378
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