Abstract
Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1990. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-1a. Asamblea de Representantes del Distrito Federal 88-91.-Oficialía Mayor. LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 73, FRACCION VI, BASE 3a. INCISO A) DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: EXPIDE: REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AGUA Y DRENAJE PARA EL DISTRITO FEDERAL TITULO PRIMERO CAPITULO Unico Disposiciones Generales Artículo 1o.-Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público e interés general y social, y tienen por objeto regular los servicios de agua potable, tratamiento de aguas, drenaje y alcantarillado del Distrito Federal. Artículo 2o.-La prestación de los servicios de agua potable, tratamiento de aguas y drenaje en el Distrito Federal, constituye un servicio público que estará a cargo de la Secrtaría de Obras y Servicios del Distrito Federal de conformidad con su Ley Orgánica su Reglamento Interior, las normas contenidas en el presente ordenamiento y las demás disposiciones jurídicas aplicables con la salvedad que señala el Artículo 80 de este Reglamento. Artículo 3o.-Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
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Carmona Lara, M. del C. (1991). El Reglamento del Servicio de Agua y Drenaje para el Distrito Federal. Boletín Mexicano de Derecho Comparado. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.1991.70.2802
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