La Reforma Tributaria Estructural, Ley 1819 de 2016, introdujo modificaciones importantes en el hecho generador del IVA, entre estas, la del literal b) del artículo 420 del Estatuto Tributario, que incorporó la aplicación del principio de destino en la prestación de servicios desde el exterior, entendiendo que estas se encuentran sujetas a imposición cuando el destinatario y/o usuario del servicio estén localizados en el territorio nacional, adecuando de esta forma la norma fiscal a nuevos fenómenos que se encontraban libres de impuestos, entre ellos la economía digital. Dentro de los desafíos que debe afrontar la Administración Tributaria está el de asegurar la efectividad del recaudo cuando el responsable del IVA es el prestador del servicio en el extranjero, tema que se aborda en el presente trabajo a través del análisis de los mecanismos de recaudo propuestos por la OCDE y sobre los que se plantean alternativas de solución.
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Pava Ramírez, J. (2018). Principio de destino: alcance de los mecanismos para el recaudo del iva en la prestación transfronteriza de servicios. Revista de Derecho Fiscal, (13), 91–127. https://doi.org/10.18601/16926722.n13.04
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