El presente estudio tiene por fin constatar la incidencia que el empleo de las redes sociales, como espacio de expresión, supone para el tradicional conflicto entre la libertad de expresión y el derecho al honor. A tales efectos, cobra un inusitado protagonismo la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional 51/2021, de 10 de mayo, y en particular el voto disidente de la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, pues constituye esta la primera ocasión en la que el intérprete de la Constitución reflexiona sobre dicha cuestión y propone un canon específico de enjuiciamiento para los conflictos que estos derechos protagonizan en las redes sociales. Apoyándonos en este pronunciamiento, analizaremos la doctrina clásica elaborada en torno a los medios de comunicación tradicionales y procederemos, con las modulaciones que requieren las particularidades de las redes sociales, a su traslación al entorno digital.
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Molina Martínez, L. (2023). Honor y libertad de expresión en las redes sociales. Derecho Privado y Constitución, (41), 227–276. https://doi.org/10.18042/cepc/dpc.41.01
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