Jueces ordinarios y Justicia Constitucional

  • LETELIER WARTENBERG R
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RESUMEN: El artículo pretende exponer una crítica a cinco argumentos que han servido para defender la tesis de que los jueces ordinarios pueden inaplicar las leyes en los casos en que estén seguros sobre la inconstitucionalidad de estas. Palabras clave: Justicia constitucional, jueces ordinarios, Tribunal Constitucional, cues-tión de inconstitucionalidad. ABSTRACT: This article criticizes five arguments exposed by some scholars that support the thesis according to which Chilean courts can refrain to apply statutes when they are convinced about the unconstitutionality of them. INTRODUCCIÓN Una parte de la doctrina ha venido sosteniendo de manera constante que los jueces ordinarios tienen la facultad de declarar inaplicables aquellos preceptos legales que se les presenten como "claramente" inconstitucionales 1. Una vez que entrara en vigor la reforma a nuestra Carta Fundamental de 2005 todo parecía indicar que aquellas razones que motivaban estas posturas se disolverían ante tan contundente cambio cons-titucional. Sin embargo ello no ha sido así y, más aún, aquella modificación ha revitali-zado algunas de esas posturas 2. El juez ordinario que cree firmemente estar ante una ley inconstitucional, seguirán diciendo estos autores, no se encuentra ahora obligado a plantear la cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, sino que puede (y debe) inaplicar directamente aquella ley 3. Los argumentos utilizados para defender esta tesis pueden clasificarse de la si-guiente manera: 1. Es fácil encontrar en los trabajos de este sector doctrinal una clara preferencia por un sistema de control de constitucionalidad de carácter difuso al estilo del impuesto hoy por su mayor representante: Estados Unidos. Este sistema sería para ellos el que mejor se ajustaría al constitucionalismo moderno, el que mejor respetaría la supremacía de la constitución y el que mejor protegería los derechos fundamentales de las personas. Al contrario, el sistema de control de constitucionalidad concentrado diseñado en Euro-pa vendría a ser, más bien, un sistema afecto a cierta distorsión o enfermedad debida a algunos aspectos negativos presentes en la cultura del Civil Law.

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LETELIER WARTENBERG, R. (2007). Jueces ordinarios y Justicia Constitucional. Revista Chilena de Derecho, 34(3). https://doi.org/10.4067/s0718-34372007000300009

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