En 2020 se ha cumplido el vigésimo aniversario del Protocolo de Palermo contra la trata de personas. Desde su aprobación, y especialmente en los últimos diez años, son muchos los países que han tipificado penalmente este fenómeno o han reformado su regulación en este ámbito. Entre ellos se encuentran los Estados cuyas legislaciones conforman el objeto de la primera parte del trabajo: Alemania, Argentina, Chile, Colombia, España, Francia, Italia, México, Reino Unido y Uruguay. Sin embargo, a pesar de haber firmado y ratificado todos ellos este instrumento normativo internacional, no se ha alcanzado la pretendida armonización legislativa. Por el contrario, se pueden distinguir hasta cuatro tendencias político-criminales distintas con importantes repercusiones en la determina ción del bien jurídico protegido a las que se dedica la segunda parte del trabajo.
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Moya Guillem, C. (2021). Tendencias político-criminales frente a la trata de personas y sus consecuencias típicas. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1(160), 305. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2021.160.15977
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