Una filosofía para erizos: una aproximación al pensamiento de Ronald Dworkin

  • Santos Pérez M
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D esde " Judicial Discretion " 1 hasta " Terror and the Attack on Civil Liberties " 2 , han transcurrido cuarenta años. En cuatro décadas, Dworkin se ha revelado un escritor muy prolífico, con una producción literaria que ronda las doscientas pu-blicaciones entre conferencias, artículos y libros. No sólo estamos ante una bibliografía abultadísima sino que ésta representa una de las aportaciones más fecundas a la filosofía del derecho. Además de las nu-merosas reimpresiones de sus obras, de la traducción a numerosas lenguas y de la abultadísima bibliografía secundaria que ha generado, existe un acuerdo generalizado en el sentido de reconocer que, desde que saliese a la luz en 1977 Taking Rights Seriously, Dworkin ha protagonizado algunas de las polémicas que han tenido efectos más importantes en el desarrollo de la teoría del derecho de los últimos tiempos. Pero que Dworkin sea un autor muy popular no significa que sea sufi-cientemente bien conocido. El hecho de que a menudo su pensamiento haya sido objeto de interpretaciones erróneas y malentendidos puede explicarse, en mi opinión, a la luz de ciertos rasgos asociados a su obra. Me gustaría llamar la atención sobre tres de ellos. En primer lugar, estamos ante un escritor muy fecundo. Aunque en el grueso de su producción no faltan " li-bros " , Dworkin se ha revelado ante todo un articulista prolífico, que además no desdeña incursiones en ámbitos temáticos que trascienden la esfera es-trictamente académica. Más aún, buena parte de los libros por él publicados no obedecen a un diseño sistemático, sino que son más bien colecciones de artículos publicados al hilo de incitaciones muy diferentes. Eso hace que en ocasiones no sea inmediatamente perceptible el nexo sistemático que, sin embargo, presta unidad teórica a contribuciones suyas dispersas. Además, 1 DWORKIN 1963. Debo advertir que las referencias que contiene este trabajo no son exhaus-tivas sino meramente ilustrativas. 2 Cuando redacto estas líneas acaba de aparecer este nuevo título: cfr. DWORKIN 2003. Mª Lourdes Santos Pérez 348 Dworkin construye su teoría recurriendo asiduamente a una terminología y, en general, a un " utillaje " teórico muy original, que dificulta considera-blemente la tarea de situar sus ideas dentro de un marco de discusión más convencional. Esto es particularmente visible en la relación que Dworkin establece con las teorías rivales: él elabora su teoría del derecho y su teoría política en gran medida a partir de la crítica de posiciones adversas, pero muy a menudo construye sus propios contrincantes a la medida de sus necesidades argumentales, y eso crea problemas a la hora de identificarlos en el panorama histórico-filosófico. Finalmente, Dworkin tiende a situar la discusión en el nivel más profundo de los supuestos de fondo, allí donde convergen cuestiones fundamentales de teoría del derecho, filosofía política y filosofía moral, disolviendo las barreras disciplinares convencionales que sirven de coordenadas para las discusiones. Para entender este último punto, resulta particularmente reveladora la distinción que Dworkin ha trazado en uno de sus últimos trabajos 3 entre lo que denomina una filosofía moral y po-lítica para zorros y una filosofía moral y política para erizos. Mientras que los zorros son una clase de pensadores que mantienen una visión dispersa y múltiple de la realidad persiguiendo, en consecuencia, fines diferentes, en ocasiones contradictorios entre sí, sin pretender integrarlos en una única visión globalizadora, los erizos, entre los que se incluiría el propio Dworkin, aspiran a poder articular una visión del mundo coherente a partir de un prin-cipio rector o de un conjunto coherente de principios, a la par que organizar su vida con unidad y armonía. En lo que sigue intento ofrecer indicaciones para una mejor comprensión del pensamiento de Dworkin que permita percibir los nexos sistemáticos que existen entre las diversas piezas. Con este propósito, he dividido este trabajo en tres partes 4 . En la primera parte, empezaré exponiendo las tesis fundamentales de su pensamiento en el terreno de la teoría del derecho, de la teoría de la justicia y de la teoría ética. En este sentido, mi interés prin-cipal radica no tanto en llevar a cabo un análisis exhaustivo y definitivo –obviamente, razones de espacio, más aún el hecho de que Dworkin sea un autor vivo que se encuentra en pleno proceso de elaboración de su obra,

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Santos Pérez, M. L. (2003). Una filosofía para erizos: una aproximación al pensamiento de Ronald Dworkin. Doxa. Cuadernos de Filosofía Del Derecho, (26), 347. https://doi.org/10.14198/doxa2003.26.17

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