Desde la posición adoptada por nuestro ordenamiento jurídico procesal sobre la aplicación inmediata de la norma, incluso al proceso en trámite, señala que esta entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, por lo que los actos que se susciten a partir de su vigencia quedan bajo su marco de aplicación. No obstante, la norma procesal se aplica en forma inmediata para los procesos que se inician, incluso para los que se encuentran en trámite, pero las reglas de competencia, los medios impugnatorios interpuestos, los actos procesales con principio de ejecución y los plazos que hubieren empezado, continuarán rigiéndose conforme a la norma anterior.
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Arriola Espino, M. (2008). Aplicación de la ley en el tiempo. A propósito de la Ley N° 29057. Revista Oficial Del Poder Judicial. Órgano de Investigación de La Corte Suprema de Justicia de La República Del Perú, 4(4), 23–42. https://doi.org/10.35292/ropj.v4i4.145
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