Recomendación general num. 35 sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general num. 19 Agradecimientos El Comité reconoce las valiosas contribuciones de las más de 100 organizaciones de la sociedad civil y de mujeres, Estados partes en la Convención, representantes de los círculos académicos, entidades de las Naciones Unidas y otras partes interesadas que expresaron sus opiniones y observaciones durante la elaboración de la presente recomendación general. El Comité también agradece la labor de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias en el cumplimiento de su mandato y su contribución a la presente recomendación general. I. Introducción 1. En su recomendación general núm. 19 (1992) sobre la violencia contra la mujer, adoptada en su 11ºperíodo de sesiones 1 , el Comité aclaró que la discriminación contra la mujer, tal como se define en el artículo 1 de la Convención, incluía la violencia por razón de género, que es "la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionad a", y que constituía una violación de sus derechos humanos. __________________ 1 Aunque se abordó por primera vez mediante su recomendación general núm. 12 (1989) sobre la violencia contra la mujer, fue en la recomendación general núm. 19 en la que el Comité ofreció un examen detallado y amplio de la violencia contra la mujer y una base para su labor ulterior sobre el tema.
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De la Discriminación contra la Mujer, C. para la E. (2018). Recomendación general núm. 35 sobre la violencia por razón de género contra la mujer. Cuaderno Jurídico y Político, 4(12), 128–150. https://doi.org/10.5377/cuadernojurypol.v4i12.11125
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