Este artículo aborda el principio de razonabilidad desde dos perspectivas. La primera que intenta explicar al derecho como orden en su contenido válido. La segunda, consecuencia de la primera, que usa el principio como método interpretativo para determinar la validez y constitucionalidad de las normas jurídicas, valiéndose de los subprincipios de adecuación, necesidad y proporcionalidad stricto sensu. A estos, en tanto son también juicios, les hemos sumado los de finalidad y de respeto al contenido esencial de los derechos, siguiendo la propuesta del profesor Sapag. En tanto la razonabilidad sirve de método interpretativo, se alude a ella en relación a la teoría del anticonflictivismo en los derechos fundamentales, que sostiene que no existen verdaderos conflictos de derechos y que, en realidad, dicha colisión se produce solamente entre intereses o pretensiones.
CITATION STYLE
Maldonado Muñoz, M. (2013). El principio de razonabilidad y su aplicación al estudio de validez de las normas jurídicas. Ius Humani. Law Journal, 3, 139–174. https://doi.org/10.31207/ih.v3i0.40
Mendeley helps you to discover research relevant for your work.