El Estado de derecho constitucional hizo visibles conexiones entre el derecho y la moral racional, y en ese punto, el “movimiento de rehabilitación de la razón práctica” de la década de los setenta, inspirado fuertemente en autores como Kant y Aris-tóteles, aportó un marco teórico funcional a esos fines. Son ejemplos ilustrativos de dicha afirmación las teorías jurídicas de Robert Alexy (dialógica-constructivista) y John Finnis (realista-iusnaturalista), que avalan —con distintos fundamentos— hasta nueve conexio-nes entre el derecho y la moral, las que facilitan una comprensión y operatividad del de-recho al servicio de un objetivamente mejor o más valioso derecho. Si no hay razón capaz de definir lo bueno o lo malo, lo justo o lo injusto se frustra ese propósito y se mantiene la distancia entre aquellas dos disciplinas y realidades inescindiblemente humanas.
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Vigo, R. L. (2021). Derecho y moral (razón práctica): conexiones en tiempos del Estado de derecho constitucional. Problema. Anuario de Filosofía y Teoría Del Derecho, 1(15), 53. https://doi.org/10.22201/iij.24487937e.2021.15.16119
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