Reconocemos que un sistema de justicia penal eficaz, justo y humano se basa en el compromiso de proteger los derechos humanos en la administración de justicia y en la prevención del delito y la lucha contra la delincuencia. (Declaración de Salvador, abril de 2010). El ingreso en prisión constituye, habitualmente, una situación difícil y traumática para aquellos/as que son privados/as de su libertad. La dimensión y cantidad de personas inmersas en el contexto carcelario es grande, sin contar a los afectados/víctimas, a los profesionales e instancias relacionadas y a todos los componentes y colaboradores que intervienen en el sistema penitenciario; además de los recursos, medios, equipamien-tos, presupuestos, etc. El contexto visibiliza un campo propio de la Pedagogía y de la Educación Social, con múltiples compleji-dades y fragilidades, escasa y parcialmente abordadas, pero que supone, a su vez, un escenario donde emer-gen fortalezas educativas, reeducativas y de reinserción que marcan algunos caminos a seguir. Todo ello evidencia la necesidad urgente de profundizar en los estudios y en las acciones penitenciarias, desde mira-das socioeducativas y contemplando la perspectiva de género (cotidianamente olvidada). Este monográ-fico, que nace con el propósito de dignificar y mejorar las condiciones/calidad de vida a las personas que se hallan sumidas en este medio, nos facilita el camino para actuar en consecuencia. Para acercarnos a la dimensión poblacional debemos recurrir a algunos datos, así en el panorama mundial el International Centre for Prison Studies de Londres elabora el llamado " World Prison Population List " , que detalla la población penitenciaria genérica de 218 países independientes y territorios dependientes. La in-formación más reciente corresponde a estudios elaborados en 2011 (Walmsley, 2012), de los que cabe citar que aproximadamente más de 10,1 millones de personas se hallan en instituciones penales en todo el mundo (pre-ventivos y condenados), casi la mitad de ellas se concentran en Estados Unidos (2,29 m), Rusia (0,81 m) o China (1,65 m) sentenciados, a los que se suma 650.000 que están en " centros de detención " sin definir su situación presentación / presentation [ 7 ] sips -pedagogia social. revista interuniversitaria [1139-1723 (2013) 22, 7-12] tercera época legal). A estas cifras habría que añadir, también, a las personas internadas en distintos " centros " de privación de libertad que no figuran en las listas oficiales y de las que se desconoce prácticamente todo. La misma fuente afirma que las poblaciones de reclusos/as crecen en los cinco continentes, así ha au-mentado en el 78% de los países (71% África, 82% América, 80% Asia, 74% Europa y 80% Oceanía). En el caso de España la evolución marca que en 1990 había una población media interna de 33.058, en el 2000 creció a 45.104, en el 2010 se produce la etapa de mayor despunte con 73.929 (Ministerio de Interior, 2011) y, los datos más próximos, a enero de 2013, registran a 68.614 presos/as, de los que la mayoría son hombres (63.405) y el resto mujeres (5.209) (SGIP, 2013). Pese a estas grandes cifras, se sabe poco de lo que acontece dentro del sistema y entre sus muros y aún perviven muchos problemas, entre otros, en los distintos niveles del sistema penitenciario: en los impactos y cotidianeidad de las vidas de los presos y presas, en los recursos, tratamientos y programas, en los pro-cesos y métodos de intervención. Por ejemplo, en estos últimos apenas se conocen algunos seguimientos y menos sobre evaluaciones en cuanto a su eficacia y sus procesos de desarrollo (Del Pozo y Añaños-Bedri-ñana, 2013). Asimismo, cuestiones mucho más olvidadas son las acciones orientadas a promover la partici-pación y motivación de los/as presos/as, hábitos y responsabilidades especialmente laborales o la escasa coordinación entre los procesos formativos y empleo (Elías, 2001). Por su parte, otra cuestión pendiente y muy importante es la masificación y densidad poblacional den-tro de casi todas las prisiones del mundo y España no es la excepción. A ello habría que sumar las distintas dificultades estructurales del sistema penitenciario, como la fuerte carga burocrática; la rémora de proce-dimientos y usos anclados en el siglo XX; la preminencia de los procedimientos estrictamente regimentales de prevención y seguridad sobre las acciones de intervención, que suponen a veces trabas insalvables para su ejecución; la falta de concienciación de una gran parte del personal penitenciario junto a la escasa for-mación en estas materias y descoordinación de los distintos estamentos, entre otros. Sin embargo, pese a los puntos negros descritos y otros, existen numerosas actuaciones y posibilidades en el Tratamiento Penitenciario. La necesidad de intervenir para abordar la actuación y los procesos socio-educativos de inserción-reinserción social y la prevención de la reincidencia es una cuestión relativamente nueva. La acción en el medio penitenciario, en el lenguaje institucional, se denomina " Tratamiento " , término que arrastra un nombre que es fruto de la herencia de los enfoques terapéuticos o clínicos prioritarios de la intervención, pero hoy sus contenidos son variados, término en el que se contemplan las cuestiones so-cioeducativas. El Tratamiento es uno de los componentes con mayor relevancia en el sistema penitenciario español, pues así lo establece la constitución cuando dicta que las penas y medidas privativas de libertad deben de estar orientadas a la reeducación y reinserción social 2 . Todos los internos e internas, sin excepción, tienen derecho a participar en los programas de tratamiento, razón por la que la Administración se encuentra con la obligación de diseñar un Programa Individualizado (PIT), para cada uno de ellos, que permita resolver las distintas carencias y problemáticas que incidieron en su actividad delictiva. Pero está comprobado que la simple oferta no es suficiente, pues es preciso incentivarles de forma que intervengan en la planificación y ejecución del mismo si queremos que los programas sean seguidos con éxito. Por este motivo la actual re-gulación penitenciaria ha querido apartarse del enfoque clínico, a favor de una concepción más amplia del tratamiento bajo la denominación de intervención penitenciaria que cubre, no solo las actuaciones tera-péuticas, sino las asistenciales, formativas, laborales o socioculturales. Las políticas penitenciarias actuales son el fruto de un lento proceso de evolución, a partir de una legis-lación progresista con más de 30 años de recorrido desde la promulgación de la Ley Orgánica Penitencia-ria de 1979: 1. En un primer momento, a finales de década de los años 80, se apostó por una completa modernización de los establecimientos penitenciarios, clausurando paulatinamente los vetustos edificios heredados de la postguerra cuya principal finalidad era la contención. Esta trasformación nace con el " Plan de amortización
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Añaños Bedriñana, F. T., & Yagüe Olmos, C. (2013). Educación Social en prisiones. Planteamientos iniciales y políticas encaminadas hacia la reinserción desde la perspectiva de género. Pedagogia Social Revista Interuniversitaria, (22), 7. https://doi.org/10.7179/psri_2013.22.01
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