Paternalismo y bien común

  • Camps V
N/ACitations
Citations of this article
25Readers
Mendeley users who have this article in their library.

Abstract

E l término «paternalismo» es ya peyorativo. Suele referir a un cierto tipo de protección o ayuda no justificado. No obstante, hay casos en los que no es sólo lícito, sino una obligación el proteger o ayudar. Me propongo aquí aportar algunas ideas para aclarar la distinción entre el paternalismo justo y el injusto. La misma definición de paternalismo es un caso de ambivalencia. Consta de una parte negativa y otra positiva. Es paternalista: 1) la acción de inmiscuirse en la libertad de otra persona, 2) con la intención de defender su bien. No creo que sea un disparate asociar ambas partes de tal definición con la distinción hecha por Isaiah Berlin entre libertad negativa y libertad positiva. Cabría decir que es paternalista la acción de coartar la libertad negativa con el fin de hacer viable la positiva. Veámoslo despacio. Es sabido que la libertad negativa alude, según Berlin, a la posibilidad de actuar sin intervención ajena, mientras que la positiva significa el poder de decidir por uno mismo o-como ha notado certeramente Alfonso Ruiz Miguel-la posibilidad de querer con autonomía. Las libertades negativas son las libertades cívicas. La positiva es la capacidad de autogobernarse, la participación real en la elaboración de las normas jurídicas y sociales. Libertad de coacción y libertad para querer, decidir, pensar, actuar. Ser libre en el sentido positivo quiere decir ser plenamente sujeto y no objeto, plenamente fin y no sólo medio para los demás. Spinoza, Kant o Stuart Mill son claros defensores de tal forma de libertad. Es precisamente la libertad positiva, la libertad sin reservas, la que el propio Berlin contempla con mayor escepticismo, reconociendo la dificultad que entraña llevarla a la práctica. Es difícil, incluso, defenderla teóricamente sin caer en contradicciones. Porque es una libertad que supone saber, discernimiento de lo que debe ser, de los valores adecuados, de lo que hay que preferir y querer. La posibilidad de decidir es, en primer lugar eso: posibilidad material, estar en posesión de unos requisitos indispensables.

Cite

CITATION STYLE

APA

Camps, V. (1988). Paternalismo y bien común. Doxa. Cuadernos de Filosofía Del Derecho, (5), 195. https://doi.org/10.14198/doxa1988.5.10

Register to see more suggestions

Mendeley helps you to discover research relevant for your work.

Already have an account?

Save time finding and organizing research with Mendeley

Sign up for free