Las energías renovables

  • Pérez Moreno A
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SUMMARY: INTRODUCCIÓN. 1. Los Congresos italo–españoles de Profesores de Derecho Administrativo.– De Sevilla a Sevilla. 2. El problema de la energía está vinculado a la cuestión ambiental. 3. Plan a seguir. I.– DELIMITACIÓN DEL OBJETO ENERGÍAS RENOVABLES. A. Delimitaciones estricta y amplia de las fuentes de energía renovables. Concepto amplio–restringido. B. Nomenclaturas científicas. II.– LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN EL CONTEXTO DE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO SOBRE EL TERRITORIO (DERECHO URBANÍSTICO, DERECHO AMBIENTAL, DERECHO DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO). II.1. URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. A. La evolución sucesiva del protagonismo del territorio. B. La construcción de una Estructura jurídica segmentada: Derecho Urbanístico, Derecho Ambiental y Derecho de la Ordenación del Territorio. C. Las regulaciones constitucionales distorsionadas y sus consecuencias. C.1.– La inhibición del Derecho estatal y la expansión del Derecho autonómico. C.2.– La obligada corrección integradora. II.2. EL EPISODIO DE LA TENSIÓN MEDIO AMBIENTE–DESARROLLO. EL “DESARROLLO SOSTENIBLE” COMO SUPRACONCEPTO INTEGRATIVO. A. Economía y Ecología. Crecimiento y Distribución. B. Las dimensiones de la “sostenibilidad” del desarrollo. B.1.– Concurrencia de factores en equilibrio. B.2.– Concretización del principio de proporcionalidad. C. El control judicial y sus aporías. C.1.– La complejidad de la “facticidad” y la incidencia de la incertidumbre. El “bilan côte–avantadge”. C.2.– La diversidad interna de la norma que impide la subsunción clásica.” C.3.– El “fumus potestatis”: oportunidad, discrecionalidad, arbitrariedad. Del control de los hechos determinantes a la ponderación del supraprincipio “servicio objetivo a los intereses generales con sometimiento pleno a la ley y al Derecho” (Art. 103 CE). Los límites del Artículo 71.2 de la L.J.C.A. 29/1998). II.3. HACIA UNA NUEVA ESTRUCTURA DE LA NORMATIVIDAD.– La “primacía de los derechos humanos” como regla de orden público. – Principios materiales vinculatorios. – La ordenación de la eficiencia. – La reconstrucción de la función de juzgar como potestad. III.– LA NORMATIVA DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES. A. Normas comunitarias. B. Normas estatales. C. Normas autonómicas. IV.– EL MARCO JURÍDICO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES. A. Las fuentes de la energía. B. La ubicación de la captación. C. La tecnología necesaria. D. La energía obtenida. E. Un caso–testigo: El proyecto del Parque Eólico del Mar de Trafalgar. V.– EL ANTEPROYECTO DE LEY DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y DEL AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DE ANDALUCÍA. A. Método pluridisciplinar. (Testimonio del Prof. Valeriano Ruiz Hernández, Catedrático de Termodinámica y Energías Renovables de la Escuela Superior de Ingenieros Industriales de la Universidad de Sevilla). B. Texto del Anteproyecto de Ley.

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Pérez Moreno, A. (2004). Las energías renovables. Revista Andaluza de Administración Pública, (55), 11–64. https://doi.org/10.46735/raap.n55.237

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