Estructura y límites de la ponderación

  • Bernal Pulido C
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E xisten dos formas básicas para aplicar normas: la ponderación y la subsunción. Las reglas se aplican mediante la subsun-ción, al paso que la ponderación es la manera de aplicar los principios. Es por ello que la ponderación se ha convertido en un criterio metodológico indispensable para el ejercicio de la función jurisdiccional, especialmente la que se desarrolla en los Tribunales Constitucionales, que se encargan de la aplicación de normas que, como los derechos fundamentales, tienen la estructura de principios. A pesar de ello, la ponderación se sitúa en el centro de muchas discusiones teóricas, que revelan que algunos aspectos tales como su estructura y sus límites, aun distan de estar del todo claros. El objetivo de esta ponencia es analizar estos problemas. Con todo, de antemano es preciso aclarar el concepto de ponderación 1. II. El concepto de ponderación La ponderación es la forma en que se aplican los principios jurídicos, es decir, las normas que tienen la estructura de mandatos de optimización. Estas normas no determinan exactamente lo que debe hacerse, sino que ordenan "que algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes". 2 Las posibilidades jurídicas

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Bernal Pulido, C. (2003). Estructura y límites de la ponderación. Doxa. Cuadernos de Filosofía Del Derecho, (26), 225. https://doi.org/10.14198/doxa2003.26.12

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