La práctica de la psicología, bien sea como disciplina científica o como servicio público, está basada en dos fundamentos principales: el primero está compuesto por un conjunto de conocimientos y habilidades que se han ido adquiriendo a través de la investigación y la práctica psicológica; el segundo se compone de la ética aplicada en el desarrollo de ese conjunto de conocimientos y habilidades, y de las acciones llevadas a cabo cuando estas se aplican para responder a las demandas de prestación de servicios a los usuarios. (Consejo General de Colegios de Psicólogos de España, 2009). Los deberes y derechos de la profesión del psicólogo no sólo se construyen a partir de la independencia y autonomía profesional, además, están regidos por principios deontológicos que son: respeto a los derechos humanos y dignidad de las personas, compromiso profesional científico, competencia, responsabilidad social e integridad, los cuales están orientados al establecimiento de reglas sobre la conducta profesional, frente a situaciones concretas. (Colegios de Psicólogos de la Provincia de Chubut, 2001). Se hace énfasis en diversos ámbitos como su imagen, las penalizaciones, la intervención profesional desde diferentes facetas, tales como: investigación, educación, promoción, prevención y atención psicológica. Esto refleja la diversidad de criterios en cuanto al accionar del psicólogo en cada país y su postura frente a dilemas éticos. Palabras clave: Psicología, ética, derechos, Latinoamérica.
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Caicedo-Guale, L. C., Vera-García, M., & Sornoza-Palma, W. K. (2020). CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS. REVISTA CIENTÍFICA MULTIDISCIPLINARIA ARBITRADA “YACHASUN,” 4(7 Edicion especial), 102–110. https://doi.org/10.46296/yc.v4i7edesp.0063
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