LA CONCILIACIÓN EN EL NUEVO MODELO DE JUSTICIA LABORAL

  • Domínguez Zazueta V
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Abstract

Desde el surgimiento de la legislación laboral en nuestro país, la conciliación siempre ha estado presente, sin embargo, a pesar de la existencia histórica de esta figura, como medio de solución del conflicto laboral, los tribunales encargados de la impartición de la justicia, en esta materia, se caracterizarán, por un gran cúmulo de expedientes; lo que origina, que los tramites en estas instancias transcurran con mucha lentitud, contrario al derecho que tenemos los ciudadanos en el sentido de que se nos administre justicia en forma expedita, y dentro de los plazos y términos que fijen las leyes, establecido en el artículo 17 de nuestra carta magna. ¿A qué obedece que la conciliación como medio alternativo, para resolver las controversias que se susciten, en las relaciones obrero patronales haya fracasado? ¿Sera acaso que los intereses entre estas dos clases sociales, son irreconciliables? El poco apoyo, en la infraestructura, personal, etc. que el estado les ha otorgado a las Juntas de Conciliación y Arbitraje ha sido un factor determinante, que ha provocado el tortuguismo en la tramitación de los juicios laborales.   En México a partir de las reformas al artículo 123 Constitucional, publicada el 24 de febrero del 2017 y posteriormente con la reforma a su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo el 01 de mayo del 2019, se inició una nueva etapa, en tratándose de la impartición de justicia laboral; desempeñando la conciliación un papel protagónico; Pues de entrada ya no forma parte del procedimiento laboral, contemplándose el procedimiento de conciliación prejudicial, mismo que deberá llevarse a cabo obligatoriamente, antes de iniciar el juicio, sin que las partes estén obligadas a conciliar, si no solo a acudir al proceso; Creándose para tal efecto los centros de conciliación, en materia local, y en materia federal, los centros federales de conciliación y registro laboral.             Esta decisión en favor de una opción conciliatoria es fundamental, esperemos funcione y por fin tengamos en los Tribunales el menor número de juicios posibles, que permita que los procesos sean agiles; Pues justicia que no es pronta y expedita no es justicia.

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Domínguez Zazueta, V. (2022). LA CONCILIACIÓN EN EL NUEVO MODELO DE JUSTICIA LABORAL. Revista de Investigación Académica Sin Frontera: División de Ciencias Económicas y Sociales, (37), 14. https://doi.org/10.46589/rdiasf.vi37.470

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