El derecho a la vida y todos los demás derechos que le son propios a cada persona están fundamentados en la defensa de la dignidad de la que goza todo ser humano y que corresponde al valor intrínseco y singular que tiene por el hecho de existir. A decir de Hervada, (1995) “la perfección o intensidad del ser que corresponde a la naturaleza humana y que se predica de la persona, en cuanto ésta es la realización existencial de la naturaleza humana” (p. 449). Su expresión máxima no es el desarrollo de una vida individualista, sino que se manifiesta principalmente en su relacionalidad con los demás miembros de la sociedad dentro de la cual cada persona tiene un lugar propio y específico; frente a lo cual el Estado y sus instituciones tienen un deber de cuidado, protección y promoción.
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Sánchez Barragán, R. D. J., & Vassallo Cruz, K. L. (2021). Caso “Ana Estrada”: Apuntes de Bioética, 4(1), 166–192. https://doi.org/10.35383/apuntes.v4i1.639
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