El sentido del positivismo jurídico (II): el positivismo jurídico prescriptivo como un derecho humano

  • Campbell T
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Continúa aquí defendiéndose el iuspositivismo "prescriptivo" o "ético" ya esbozado en la primera parte de este artículo (Doxa, núm 25): entender el iuspositivismo como una teoría normativa (no conceptual ni descriptiva) sobre la forma del Derecho como gobierno de reglas claras y precisas empíricamente aplicables sin recurrir a opiniones morales. Ahora se muestra cómo lo anterior constituye un derecho humano vinculado a la democracia y a la igualdad: los derechos humanos incorporan la idea del imperio de la ley, pero de la ley positiva en ese sentido formal. En consecuencia, la tarea de articular los derechos humanos es de los gobiernos y los parlamentos, no de los tribunales ni de la Constitución, siendo el control judicial sustantivo sobre las leyes algo básicamente antidemocrático. Por último, la disputa conceptual entre el iuspositivismo incluyente y el excluyente debe reformularse como una disputa moral y política sobre qué órgano ha de determinar el contenido de las reglas y sobre si la regla de reconocimiento debe o no contener criterios morales.

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Campbell, T. (2004). El sentido del positivismo jurídico (II): el positivismo jurídico prescriptivo como un derecho humano. Doxa. Cuadernos de Filosofía Del Derecho, (27), 27. https://doi.org/10.14198/doxa2004.27.02

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