En este ensayo se sostiene la pertinencia teórica de distinguir entre el neoconstitucionalismo y el garantismo. Ambas aproximaciones teóricas estudian el mismo modelo de organización político/jurídica: el constitucionalismo democrático. Esto ha provocado que diversos estudiosos europeos y latinoamericanos confundan las dos aproximaciones y utilicen ambas categorías de manera indistinta. Sin embargo, en el texto se sostiene que el garantismo es una teoría que debe adscribirse al positivismo jurídico mientras el neoconstitucionalismo (que, en realidad, es una categoría que conjuga diferentes teorías) tiene una tendencia iusnaturalista. Esta diferencia fundamental tiene implicaciones teóricas relevantes y también consecuencias prácticas sobre todo en el ámbito de la justicia constitucional.
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Salazar Ugarte, P. (2011). Garantismo y neoconstitucionalismo frente a frente: algunas claves para su distinción. Doxa. Cuadernos de Filosofía Del Derecho, (34), 289. https://doi.org/10.14198/doxa2011.34.18
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