Este trabajo trata de justificar que en la medida en que el modelo estricto del contractualismo clásico, y más en concreto el de John RAWLS, se aleja de los parámetros del beneficio mutuo y de la igualdad aproximada en recursos y en poder, se da entrada en ese mismo modelo a otras exigencias de la cooperación social, entre las que se encuentran los deberes naturales, vinculados a los derechos humanos en una dimensión transnacional. Una vez examinados estos elementos de la tradición clásica, se hace un análisis de los avances y retrocesos de la propuesta de RAWLS en El derecho de gentes. Para superar sus limitaciones y las deficiencias existentes en la realización efectiva de los derechos humanos, en el contexto de una justicia global, se examinan las propuestas de algunos autores que se formulan desde la consideración de los seres humanos como agentes morales y desde una perspectiva cosmopolita de los derechos humanos.
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Salguero Salguero, M. (2016). Limitaciones del contractualismo y dimensión transnacional de los derechos humanos*. REVISTA IUS, 5(28). https://doi.org/10.35487/rius.v5i28.2011.64
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