Desde la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal, se ha venido formulando estudios que permitan visibilizar lo que implica el tipo penal lavado de activos, en el presente se cavila acerca de lo que implica el onus probandi y cómo se invierte la carga de la prueba, lo que desde el punto de vista del garantismo del Ecuador es atentatoria del efectivo goce de los derechos, aunque se trate del adecuado funcionamiento del sistema económico, no puede soslayarse la tutela judicial efectiva de los derechos ni el debido proceso.
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Apolo-Salazar, A. (2021). Apuntes del delito de lavado de activos en el ecuador y su relación con la prueba indiciaria. 593 Digital Publisher CEIT, 6(5–1), 362–369. https://doi.org/10.33386/593dp.2021.5-1.822
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