Homofobia y ley penal: la homosexualidad como paradigma de peligrosidad social en el Derecho penal español (1933-1995)

  • Terradillos Basoco J
N/ACitations
Citations of this article
6Readers
Mendeley users who have this article in their library.

Abstract

La Ley de Vagos y Maleantes (1933) constituye el primer tratamiento sistemático de la peligrosidad social en el Derecho español. Su vigencia se prolongó hasta 1970, en que fue sustituida por la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social, vigente a su vez hasta 1995. Así, el concepto de peligrosidad social y sus consecuencias, las medidas de seguridad, tuvieron reconocimiento jurídico- positivo en tres regímenes políticamente incompatibles: República, dictadura franquista, democracia constitucional. Por encima de las diferencias de los sucesivos marcos normativos, la homosexualidad fue considerada paradigma de peligrosidad, y como tal fue definida, etiquetada y excluida. Cada modelo político aportó su propio argumentario ideológico, pero el resultado común fue -si es que no sigue siendo- la exclusión de un colectivo cuya única peligrosidad radicaba en el hecho de entender la autonomía sexual de modo distinto a los estereotipos hegemónicos en cada caso. Los mecanismos de disciplina y control se revistieron con ropajes jurídico-penales, pero la definición de su presupuesto nuclear -la peligrosidad- y la implementación del sistema sancionatorio -las medidas de seguridad- se asentaron siempre en principios incompatibles con los que caracterizan al Derecho penal democrático. Abstract:

Cite

CITATION STYLE

APA

Terradillos Basoco, J. M. (2020). Homofobia y ley penal: la homosexualidad como paradigma de peligrosidad social en el Derecho penal español (1933-1995). Revista de Estudios Jurídicos y Criminológicos, (1), 63–102. https://doi.org/10.25267/rejucrim.2020.i1.4

Register to see more suggestions

Mendeley helps you to discover research relevant for your work.

Already have an account?

Save time finding and organizing research with Mendeley

Sign up for free