Los derechos sociales fueron el resultado indirecto del proceso capitalista de industrialización vivido principalmente en Estados Unidos y Europa. Tal afirmación se sustenta en el surgimiento de una clase proletaria que subsistía en condiciones precarias, sin acceso a servicios de salud, ni a educación y laboraba en un contexto de explotación. Tal situación vivida a finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX, generó que un amplio sector de esta clase trabajadora, iniciara las reclamaciones sociales con el fin de obtener niveles adecuados en materia de salud, educación, seguridad social y protección laboral. La Constitución Mexicana de 1917 fue una de las primeras que consagró a nivel constitucional estos derechos y años más tarde, algunos Estados siguieron este ejemplo con la paulatina implementación de tales prerrogativas en sus respectivas constituciones. En Colombia, solo hasta 1991 se consagraron derechos sociales en la Carta Política vigente, ya que la anterior Constitución de 1886 solo reconocía algunos derechos y libertades individuales surgidos con la Revolución Francesa. A pesar de existir un generoso listado, después de 29 años de vigencia subsisten amplias deficiencias que los diferentes gobiernos no han sabido atender debidamente, por lo que el “Estado Social de Derecho” no se ha podido materializar plenamente. Esta situación se evidencia en los altísimos índices de desempleo y subempleo, la bajísima cobertura en el sistema de pensiones, la deficiente prestación del servicio de salud –que busca más el lucro de sus inversionistas que el bienestar de los afiliados- y un sistema de educación aún muy lejos de los estándares de los países desarrollados. Y ni hablar de otros derechos de tipo social como el acceso al agua o a la vivienda digna, aspectos que son un verdadero lujo en un país con uno de los índices más altos de desigualdad del mundo. Otro derecho social que está en el centro la polémica es el derecho a tener una pensión digna, el cual es muy criticado debido a la amplia inequidad del sistema y a que en Colombia solo el 24,8 % de la población en edad de jubilación recibe una pensión contributiva (datos estadísticos a diciembre de 2019). Es decir, 6 de cada 10 personas no se logran pensionar. Según cifras del Ministerio de Trabajo, existe a enero de 2020 un total de 2.380.423 pensionados en Colombia. De este total, 1.799.510 pertenecen al Régimen de Prima Media, es decir, 1.380.680 están pensionados por Colpensiones. De esta cifra, 720.420 personas obtienen una mesada mensual de menos de un salario mínimo; 342.543 entre uno y dos salarios; 138.047 entre dos y tres salarios; 102.371 entre tres y cinco salarios; 60.880 entre cinco y diez salarios; 16.422 entre diez a 20 salarios y 294 tienen una pensión no menor a los 20 salarios mínimos. Es decir, el porcentaje de pensionados en Colombia es supremamente bajo, lo cual amerita una revisión integral de un sistema ampliamente inequitativo en el que se paga gran parte de las pensiones de los que más devengan, con recursos del presupuesto general de la nación. Ante el anterior panorama de deficiencia en la materialización de los derechos sociales, los sucesivos gobiernos no han tenido la voluntad política para implementar las reformas a los sistemas de salud y pensión que solucionen las grandes problemáticas que subsisten. Se requiere un gran debate nacional sobre la necesidad enderezar las graves deficientes de los derechos sociales, principalmente la salud y pensión que tienen un fuerte impacto en todos los sectores e incluso en las futuras generaciones.
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López Daza, G. A. (2020). Derechos sociales en crisis. Revista Jurídica Piélagus, 19(1). https://doi.org/10.25054/16576799.3125
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