Habla de como el conceptod e dignidad cruza el derecho internacional, pero nadie lo define. Y habla de las diferentes posibilidades para definirlo (extensiva, intensiva...) y acaba diciendo que su adopcion permite dar cabida legal a muchos casos de delitos no explicitamente tipificados (como la felación forzada como violación).
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Heath, J. B. (2013). Mapping Expansive Uses of Human Dignity in International Criminal Law (pp. 253–282). https://doi.org/10.1007/978-3-642-37090-8_10
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