Abstract
La determinación del ámbito de competencia propio de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer es uno de los principales temas de debate que propicia la aplicación práctica de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Los procedimientos más habituales en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer lo constituyen: JUICIO RÁPIDO (Diligencias Urgentes) y DIP (Diligencias Previas). Muy importante y necesaria la labor del médico forense, complementaria a la realizada por otros profesionales. Esta interrelación da como fruto la elaboración de un informe pericial de calidad adaptado a la solicitud realizada en el procedimiento penal correspondiente. La excepción o DISPENSA de declarar al pariente del procesado o al cónyuge que establece este artículo 416, tiene por finalidad resolver el conflicto que se le puede plantear al testigo entre el deber de decir la verdad y el vínculo de solidaridad y familiaridad que le une con el procesado.
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Pascual López, S. (2020). Incidencia de la violencia de género en el ámbito penal. Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, (20), 263–287. https://doi.org/10.17561/rej.n20.a12
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