La presente investigación demuestra que el proceso de vacancia presidencial como resultado de un juicio político que le sigue el parlamento al presidente de la República por su permanente incapacidad moral, a la luz de la doctrina constitucional (sentencia del TC 0006-2003-AIITC), es un proceso constitucional válido, al contrario de lo que afirman algunos juristas y actores políticos. Consideramos, con base en el derecho comparado y la doctrina, que el juicio político por una mala conducta en el encargo o incapacidad moral en el ejercicio de la función cometida por el presidente, respetando el derecho al debido proceso, que compruebe objetivamente actos de corrupción, deficiencia grave en la gestión de lo público y excesos que afecten el equilibrio de poderes; que generen una crisis de profunda gobernabilidad, debe estar regulado en el artículo 117 de la Constitución como parte del juicio político conocido como "acusación constitucional, para que este juicio no sea tan sólo por infringir la Constitución".
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Centty Villafuerte, D. B., & Rosado Torres, I. M. (2023). El juicio político como objetivación de la causal de vacancia presidencial por permanente incapacidad moral en la Constitución Política del Perú. Cuestiones Constitucionales, 71–105. https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2023.48.18036
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