Abstract
El presente artículo pretende examinar el concepto de garantía, tanto en su sentido amplio, como técnico. Una vez que ha operado el incumplimiento y siempre que sus consecuencias sean imputables al deudor, el acreedor goza de un conjunto de remedios para hacer efectiva la responsabilidad del deudor. Todos estos mecanismos son inherentes a la obligación y se fundamentan en el derecho de prenda general. Además, el acreedor cuenta con la posibilidad de reforzar su posición jurídica, a través de las denominadas cauciones y, en general, las garantías en sentido técnico. A ellas y, especialmente a algunos aspectos de la boleta bancaria de garantía nos referiremos en los párrafos siguientes.
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Aedo Barrena, C. (2008). LAS GARANTÍAS DEL ACREEDOR FRENTE AL INCUMPLIMIENTO: ESPECIAL REFERENCIA A LA BOLETA BANCARIA DE GARANTÍA. Revista Chilena de Derecho, 35(2). https://doi.org/10.4067/s0718-34372008000200004
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