La "ratio" en las fuentes normativas del Derecho canónico

  • Otaduy J
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En la tradición precristiana la ratio fue fuente primordial del derecho. Exponentes significativos de esa tradición son Platón en el mundo griego y Cicerón en el latino. En la tradición cristiana antigua las formulaciones más influyentes provienen de Tertuliano. Su recepción canónica se llevó a cabo a través de Isidoro de Sevilla. En la decretalística la ratio se entendió como causa final de cada norma, y se invocó siempre para la interpretación de ley. Suárez circunscribió notablemente el empleo de la ratio a efectos de interpretación. El paradigma de la ratio jurídica ha basculado entre la visión tomasiana y suareciana. Pero ha servido siempre para introducir en las fuentes del derecho los valores de verdad, adaptación, coherencia y corrección. En el siglo XX la ratio ha cubierto también un papel significativo en las discusiones metodológicas sobre el derecho canónico, en las que no han faltado autores críticos con el fundamento racional típico. Es importante subrayar la función de la ratio veritativa, y no simplemente funcional, para la comprensión del derecho canónico.

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Otaduy, J. (2017). La “ratio” en las fuentes normativas del Derecho canónico. Ius Canonicum, 49(97), 149–194. https://doi.org/10.15581/016.49.14162

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