Abstract
El presente trabajo se plantea la cuestión de si el legislador tiene límites a la hora de decidir qué conductas punibles van a ser castigadas por los tribunales como delitos y cuáles por la Administración como infracciones administrativas. Se llega a la conclusión de que existen límites, que esos límites se derivan de la reserva de jurisdicción contenida en el art. 117.3 CE y de que hay un núcleo irreductible que ha de ser competencia del Poder Judicial. Finalmente, se describe qué tipo de supuestos pueden componer dicho núcleo, y cuáles quedan a disposición del legislador para ser atribuidos a la Administración.
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Rodríguez Portugués, M. (2019). Reserva de jurisdicción y libertad del legislador para optar entre penas y sanciones administrativas. Revista de Administración Pública, 208, 151–178. https://doi.org/10.18042/cepc/rap.208.04
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