Abstract
El trabajo pretende demostrar que el órgano competente para establecer el plazo razonable en el proceso penal es el Poder Legislativo –y no el Poder Judicial, como siempre se sostuvo–, mediante una norma jurídica general y abstracta, para evitar que los procesos penales sean eternos y garantizar a ultranza el mandato constitucional del Preámbulo de afianzar la justicia. Ello, a fin de evitar la arbitrariedad o el criterio discrecional de los magistrados en la búsqueda de determinar dicho plazo.
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Fernández Cora, J. M. (2023). plazo razonable en el proceso penal. Revista de La Escuela Judicial, (2). https://doi.org/10.59353/rej.v2i2.43
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