¿Qué derechos para las minorías culturales?

  • Walzer M
N/ACitations
Citations of this article
18Readers
Mendeley users who have this article in their library.

Abstract

Michel Walzer señala, al examinar los derechos que habrían de corresponder a los grupos étnicos y religiosos en las sociedades democráticas, el tipo de conflictos típicos que se producen entre los intereses de los grupos y los intereses del cuerpo de ciudadanos (estado democrático liberal). Para Walzer estos conflictos son resolubles dependiendo de las características de los grupos. Así, los grupos que se han pluralizado son capaces de reconocer las identidades y lealtades plurales de sus miembros y, por lo tanto, su acomodación no causa ningún problema en las sociedades democráticas. El problema radica, sin embargo, en los grupos cerrados y totalizados. Aquí la incompatibilidad es manifiesta y el ajuste es mucho más complicado. De hecho, la teoría política no puede decir nada en abstracto sobre la solución de estos problemas. Walzer plantea una guía para soluciones prácticas: en tanto estos grupos no constituyan una amenaza para el orden democrático que permite la tolerancia, deben ser tolerados y quizás hasta apoyados en su reproducción. Por el contrario, cuando constituyan una amenaza para el orden político democrático deben ser combatidos.

Cite

CITATION STYLE

APA

Walzer, M. (2001). ¿Qué derechos para las minorías culturales? Isegoría, (24), 15–24. https://doi.org/10.3989/isegoria.2001.i24.600

Register to see more suggestions

Mendeley helps you to discover research relevant for your work.

Already have an account?

Save time finding and organizing research with Mendeley

Sign up for free