Abstract
El artículo propone una interpretación constitucional del rol promotor del Estado y del principio de subsidiariedad en la Constitución de 1993, sobre la base de la noción de fomento, generalmente aceptada por la doctrina, como criterio para establecer cuándo puede el Estado desarrollar actividad empresarial en el marco de la Carta Magna vigente. El análisis se desarrolla desde el punto de vista del derecho público y utiliza para ello el enfoque horizontal1 del principio de subsidiariedad.
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Gasco Valer, M. del C. (2022). Actividad empresarial y rol promotor del estado en la constitución peruana de 1993. Giuristi: Revista de Derecho Corporativo, 3(5), 94–116. https://doi.org/10.46631/giuristi.2022.v3n5.07
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