Abstract
En 1918 se crean en España los tribunales específicos para niños cuya andadura ocupará todo el siglo XIX. Con anterioridad sólo se dio un tratamiento institucional puntual y casi exclusivamente benéfico y altruista a esta cuestión: en este artículo hacemos referencia a algunas de las instituciones y legislaciones anteriores al siglo XIX. El núcleo central del trabajo se basa en el análisis legislativo-institucional y el consecuente modo de intervención con los menores disociales derivado de la llamada “ley Montero Ríos” de 1918 en homenaje a su redactor. Conectamos el anterior desarrollo con las dificultades y peculiaridades de la reciente “ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores” de 2001 que sustituye a la anterior y eleva la edad penal a los 18 años.
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Sánchez Vázquez, V., & Guijarro Granados, T. (2002). Apuntes para una historia de las instituciones de menores en España: an overview. Revista de La Asociación Española de Neuropsiquiatría, (84). https://doi.org/10.4321/s0211-57352002000400006
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