Detección e intervención coordinada desde el ámbito educativo

  • García Perales F
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INTRODUCCIÓN La atención educativa al alumnado que presenta trastornos del desarrollo en el sistema educativo se efectúa desde los principios que sustenta la escuela inclusiva y teniendo como referencia el marco normativo que regula el sistema educativo en la comunidad autónoma andaluza, analizando las diferentes medidas de atención a la diversidad que pueden ofrecerse en el proyecto educativo del centro con la finalidad de que este alumnado alcance el mayor grado de desarrollo de las capa-cidades cognitivas, lingüísticas y socioafectivas correspondientes al currículo de la etapa de edu-cación infantil. CONCEPTUALIZACIÓN DE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO. INCLUSIÓN DE LOS TRASTORNOS DEL DESARROLLO La legislación educativa, Ley Orgánica de Educa-ción introduce un concepto amplio de "alumnado con necesidad específica de apoyo educativo" para referirse a aquellos alumnos y alumnas que re-quieran una atención educativa diferente a la ordi-naria, por presentar necesidades educativas espe-ciales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haber-se incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, pue-dan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objeti-vos establecidos con carácter general para todo el alumnado. En Andalucía, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su Título III. Equidad de la Educación. Capítulo I. Alumnado con Necesi-dades Específicas de Apoyo Educativo. Artículo 113, define al alumnado con necesidades educati-vas especiales como "aquel que presenta necesida-des educativas especiales debidas a diferentes gra-dos y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial; el que, por pro-ceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo, así como el alumnado que precise de acciones de carác-ter compensatorio. Asimismo, al que presenta altas capacidades intelectuales". Otros aspectos destaca-bles de la Ley (Art. 113-119), y que suponen un avance en nuestra intervención con el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, entre los que se encuentran los trastornos del de-sarrollo, son:  Los principios que deben regir la escolarización (normalización, inclusión escolar y social, flexi-bilización, personalización de la enseñanza y coordinación interadministrativa).

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García Perales, F. J. (2013). Detección e intervención coordinada desde el ámbito educativo. Pediatría Atención Primaria, 15, 27–33. https://doi.org/10.4321/s1139-76322013000300003

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