Abstract
Una teoría iusmoralista no puede dejar de basarse en el objetivismo moral, mientras que una teoría iuspositivista puede ser defendida por objetivistas y no objetivistas. Se examinan las consecuencias que el iusmoralismo tiene para la teoría de la validez de las normas jurídicas y para su aplicabilidad en los casos concretos y se revisan las asimetrías y aporías a que conduce cualquier teoría iusmoralista. Finalmente, se subraya que los iusmoralistas discrepan entre sí radicalmente sobre los contenidos de la moral verdadera y del derecho justo y que sólo un enfoque iuspositivista es compatible con el estado constitucional y democrático de derecho.
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García Amado, J. A. (2022). Iuspositivismo, objetivismo moral y Estado constitucional. Anales de La Cátedra Francisco Suárez, 56, 7–31. https://doi.org/10.30827/acfs.v56i.21658
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