Abstract
El mejor modo de iniciar el desarrollo del Análisis Político Criminal consiste en reconocer la mera existencia del poder penal. Reconocer esa existencia no implica atribuirle algún tipo de esencia ni tratarlo como una "cosa" o un ente del mundo de la naturaleza. Al contrario, afirmaremos en todo momento que se trata de un fenómeno social y político, de fuerte raigambre histórica, sujeto a los vaivenes de las épocas, de los intereses o el poder de los distintos actores y de las características generales del mundo social dentro del cual el "hecho" del poder penal adquiere sentido. Tampoco significa que ese poder penal se despliega de un modo circunstancial, esporádico, azaroso y ni siquiera arbitrario. El poder penal siempre se ha ejercido con algún nivel de organización y ello forma parte también de su facticidad. No es lo mismo, aunque puede parecerlo, comenzar por el reconocimiento de la existencia de la criminalidad o del fenómeno criminal. Es cierto que tanto el concepto de poder penal como la idea de "criminalidad" son ya "construcciones político-criminales" y también es cierto que ambas tienen una base social anterior, tales como la violencia o ciertas interacciones sociales rechazadas culturalmente que son previas al nacimiento y desarrollo de la política criminal como tal. Pero la violencia del Estado generalmente deriva en Política Criminal 1 (aun cuando Públicas para el Socialismo (CEPPAS). www.ceppas.org. Argentina. 1 La idea de que la violencia del Estado generalmente (no me atrevo a decir "siempre" porque existen casos de violencia estatal esporádica, no organizada en una política, aunque esos casos son mas raros de lo que se supone) deriva en política criminal puede parecer extraña porque subyace la idea de que la política criminal es algo "ideal", es decir, un "deber ser" del derecho penal o, mejor dicho, del ejercicio del poder punitivo. La política criminal es un "factum" que también puede ser ilegal, tal como lo demuestra la "doctrina de la seguridad nacional", por ejemplo, que generó intensos programas de política criminal ilegal e, incluso, formalmente delictiva. Pero siempre existe una diferencia con los actos sociales considerados delitos, por más que sean muy graves y la política estatal de uso ilegal de la violencia o de un uso de la violencia que no sea "ilegal" en términos formales pero agrede derechos humanos básicos de las personas, ya reconocidos mundialmente. (esta diferenciación aparece, por ejemplo, en la discusión moderna sobre los delitos de "lesa humanidad" donde los autores deben ser agentes estatales o para-estatales; en todo caso, ejecutores de una política estatal o con respaldo estatal, es decir, una determinada política de uso de la violencia, que es lo que aquí llamamos política criminal). La política pública puede, en general, ser enjuiciada de ese modo: por ejemplo, un Estado puede fundar su economía en la venta de venenos o drogas o en la producción y venta de armas de destrucción masiva; una política educativa puede
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Binder, A. M. (2011). La política criminal en el marco de las políticas públicas. Bases para el análisis político-criminal. Revista de Estudios de La Justicia, 0(12). https://doi.org/10.5354/0718-4735.2010.15236
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