Los trabajos transitorios o atípicos, siguen posicionándose y funcionando trastocando la protección del sistema de regulación y protección del trabajo permanente. De ahí, la importancia de reflexionar teóricamente sobre el tema. Para su desarrollo se plantean los siguientes objetivos: demostrar que la flexibilización laboral ha incidido en la ruptura de las relaciones laborales, caracterizar como la subcontratación laboral encubre dichas relaciones, analizar el despido laboral y sus consecuencias en los trabajadores. El artículo se desarrolló teóricamente, especialmente tomando como referencia autores como: Bravo (2010), Quintero (2010), González (2012) De La Garza (2007), Ugarte (2007), entre otros, lo cual permitió analizar la temática abordada. Los resultados reflejan que dicha estrategia está impulsando la agudización de las condiciones precarias de los derechos laborales, con lo cual se está ante un capitalismo irracional, que tiene como propósito que los trabajadores sufraguen los efectos de las pretensiones de los capitalistas por conseguir mayores tasas de ganancia y niveles más altos de productividad. En consecuencia, la flexibilización de las relaciones laborales está destinada a ocultar los derechos de los trabajadores, agudizar el despido laboral, y propiciar el fin de un trabajo permanente.
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Añez Hernández, C. (2016). Flexibilidad laboral: ¿fin del trabajo permanente? Telos: Revista de Estudios Interdisciplinarios En Ciencias Sociales, 18(2), 250–265. https://doi.org/10.36390/telos182.06
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