El bullying tras la pandemia originada por el COVID-19 en el Perú

  • Huaytalla Paredes O
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Habiendo consagrado la autonomía progresiva y la protección integral en los dispositivos normativos internos en materia de derecho de infancia y adolescencia, los niños, niñas y adolescentes no son tan solo titulares de derechos, sino también de obligaciones. El bullying, traducido como la ‘violencia ejercida por los estudiantes en contra de otros escolares’, implica el reconocimiento del menor de edad como titular de deberes y obligaciones. La pacífica convivencia escolar apuesta, precisamente, por un correcto entendimiento de dichas obligaciones, las mismas que han quedado olvidadas durante el aislamiento de aproximadamente dos años, producto de las medidas restrictivas adoptadas por la dispersión del virus del COVID-19 que vivieron los escolares peruanos. Es así que, frente al desmedido aumento de casos de acoso y violencia entre estudiantes, el legislador y la judicatura nacionales han reaccionado a una realidad en donde el aislamiento y la falta de autocontrol emocional se convirtieron en factores que favorecen la violencia física y psicológica en las aulas, lo cual imposibilita el sano desarrollo personal de los estudiantes.

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Huaytalla Paredes, O. N. (2023). El bullying tras la pandemia originada por el COVID-19 en el Perú. Ius et Praxis, (056), 61–80. https://doi.org/10.26439/iusetpraxis2023.n056.6006

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