Las normas de derecho blando no han sido consideradas como obligatorias, por no aparecer en tratados internacionales. Sin embargo, una interpretación que reconozca la dignidad humana y pretenda la ampliación del alcance de los derechos humanos permite que, a través del control de convencionalidad, dichas normas se integren al ordenamiento jurídico colombiano, por componer el Bloque de Constitucionalidad. Esta novedad ha sido introducida por el Código Penitenciario y Carcelario, desde el cual las normas de derecho blando pueden incorporarse al Código Penal y de Procedimiento Penal; similar ejercicio cabría en el derecho disciplinario, debido a que el sistema penal es uno solo; al igual que el sistema disciplinario.
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Gómez Pavajeau, C. A., & López Iglesias, R. A. (2017). Integración e incorporación de las normas internacionales de soft law sobre derechos humanos a los sistemas penal y disciplinario en Colombia. Derecho Penal y Criminología, 37(103), 53–80. https://doi.org/10.18601/01210483.v37n103.04
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