Abstract
La importancia decisiva del sistema romano de sucesiones en la tradición histórico legislativa del Derecho sucesorio español es indiscutible. Las bases de nuestro Derecho en esta materia entroncan directamente con la tradición romana de la reserva de una porción de la herencia a favor del heredero, que podía ser un hijo o un extraño. Sin embargo, a lo largo del siglo XIX, el movimiento codificador que dio origen a la legislación vigente, decidió tomar otros derroteros rompiendo con una tradición que imperaba inalterable durante siglos. El motivo de esta ruptura con la tradición legislativa se ha querido buscar en la legislación medieval por eso es necesaria una labor de reinterpretación de las fuentes del Derecho como única forma adecuada de llegar a una conclusión acertada.
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Vázquez Lemos, A. (2023). Antecedentes histórico-legislativos de los dos tercios de legítima a favor de los hijos o descendientes del Código Civil español. Anuario Da Facultade de Dereito Da Universidade Da Coruña, 27, 16–40. https://doi.org/10.17979/afdudc.2023.27.0.9630
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