Abstract
Nuestro texto fundamental reconoce en el artículo 33 el derecho a la propiedad privada, el cual no es un derecho ilimitado por cuanto su función social delimitará su contenido en el marco de la legalidad. Su limitación constitucional y legal es causa del ejercicio de la potestad administrativa de la expropiación, la cual puede encontrar en la ley especialidades en función de los objetos expropiados o de la causa de la misma. En el presente trabajo se procede a realizar un análisis de los aspectos de la función social de la propiedad tanto en el urbanismo como en el ejercicio de la potestad expropiatoria.
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Candela Talavero, J. E. (2013). La repercusión de la función social de la propiedad en el urbanismo y en la expropiación forzosa. CEFLegal. Revista Práctica de Derecho, 121–142. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2013.11719
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