La protección de la mujer en la vejez en el sistema de pensiones español

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El caso español confirma la tesis general de que un sistema de carácter contributivo reproduce las desigualdades de género en el reparto de las responsabilidades familiares y en el mercado de trabajo. Las mujeres que han permanecido en el hogar, en general, no tienen derecho a pensiones propias y quedan a expensas de prestaciones de menor importe, como son las pensiones de viudedad (derechos derivados) o las no contributivas. Por otro lado, aquellas que trabajan fuera del hogar acumulan menores derechos que los varones y, por consiguiente, pensiones de jubilación e incapacidad laboral (derechos propios) de menor cuantía. El objetivo de este estudio es examinar los resultados en España de la distribución de las pensiones por sexo, revisar algunas de las políticas de pensiones que se han puesto en práctica en el presente siglo y proponer acciones directas para avanzar en la transición de los derechos derivados a los derechos propios. Se trata de propuestas de impulso de la igualdad de género, entendida como derecho a la igualdad de bienestar derivado de la cobertura de seguridad económica en la vejez.

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Cifre, C. S. (2013). La protección de la mujer en la vejez en el sistema de pensiones español. Revista Internacional de Seguridad Social, 66(1), 53–75. https://doi.org/10.1111/isss.12003

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