Abstract
El presente artículo aborda el problema que gira en torno a los derechos fundamentales en los menores de edad, cuestión que ha desarrollado la teoría constitucional en contraposición al entendimiento de que los menores no poseencapacidad para ejercer derechos por sí mismos. Sobre esta cuestión el artículodesarrolla diversos nudos conceptuales importantes: la distinción entre latitularidad y el ejercicio de un derecho y entre capacidad jurídica y capacidadde obrar, el margen de actuación de un tercero representante legal del menor afin de que su actuación no defraude el interés de aquél, la relación entre titulardel derecho y quien fácticamente realiza parte de su contenido, la comprensiónde que para el derecho existe sólo el interés del titular del derecho que es también del ejercicio, la diferencia entre capacidad iusfundamental ycapacidad de obrar infraconstitucional, la posibilidad de que el menor puedaejercer sus derechos de forma autónoma o heterónoma, el concepto deinterés del menor, piedra angular de toda la regulación jurídica de la minoríade edad y la posibilidad de delimitación y limitación de los derechos fundamentales durante la minoría de edad como consecuencia del ejercicio de las potestades de protección. Todo el estudio del autor maneja en cada momento la legislación constitucional e infraconstitucional española.
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Aláez Corral, B. (2016). El ejercicio de los derechos fundamentales por el menor de edad. REVISTA IUS, 1(20). https://doi.org/10.35487/rius.v1i20.2007.275
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